+Artículo 3 1.

Artículo 3 1.

Las entidades transmitirán la información a las autoridades competentes al cierre de la jornada en las siguientes fechas de envío:

a) 

información mensual: el 15.o día natural siguiente a la fecha de referencia;

b) 

información trimestral: el 12 de mayo, el 11 de agosto, el 11 de noviembre y el 11 de febrero;

c) 

información semestral: el 11 de agosto y el 11 de febrero;

d) 

información anual: el 11 de febrero.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito
  • Builddate: 01.09.2024 00:00:00 -Doknr: CELEX:32021R0451
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