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+Artículo 6 4 |
Artículo 6 44. Cuando proceda, la autoridad competente solicitará a las entidades financieras que faciliten toda la información necesaria para llevar a cabo la evaluación a que se refiere el apartado 1. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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