+Artículo 4 2

Artículo 4 2

2.   Los cambios relativos a los acuerdos contractuales entre la entidad financiera y los proveedores terceros de servicios de TIC que presten un servicio de TIC que sustente funciones esenciales o importantes, o partes sustanciales de ellas, que sean necesarios para cumplir el presente Reglamento se aplicarán de manera oportuna y tan pronto como sea posible. La entidad financiera documentará el calendario previsto para la aplicación.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito