+Artículo 1 7)

Artículo 1 7)

«autoridad competente en relación con las pruebas de penetración basadas en amenazas»: cualquiera de las siguientes:

a)

la autoridad pública única del sector financiero designada de conformidad con el artículo 26, apartado 9, del Reglamento (UE) 2022/2554;

b)

la autoridad del sector financiero en la que se delega el ejercicio de algunas o todas las tareas en relación con las pruebas de penetración basadas en amenazas, de conformidad con el artículo 26, apartado 10, del Reglamento (UE) 2022/2554;

c)

cualquiera de las autoridades competentes a que se refiere el artículo 46 del Reglamento (UE) 2022/2554;

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito