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+Artículo 15 2 |
Artículo 15 22. Cuando una autoridad competente en relación con las pruebas de penetración basadas en amenazas apruebe el recurso a probadores internos de conformidad con el artículo 27, apartado 2, letra a), del Reglamento (UE) 2022/2554, dicha autoridad tendrá en cuenta los requisitos establecidos en el artículo 7, apartado 1, del presente Reglamento. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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