+Artículo 4 1

Artículo 4 1

1.   Las entidades financieras utilizarán los canales electrónicos seguros puestos a disposición por su autoridad competente para presentar la notificación inicial y los informes intermedio y final.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito