+Artículo 45septies 2ter.

Artículo 45septies 2ter.

Los pasivos a que se refiere el apartado 2 bis, letras a) y b), del presente artículo, no superarán el importe determinado deduciendo del importe del requisito a que se refiere el artículo 45, apartado 1, aplicable a la filial incluida en la consolidación la suma de todos los elementos siguientes:

a) 

los pasivos emitidos a favor de la entidad que cumpla el requisito a que se refiere el artículo 45, apartado 1, en base consolidada, y adquiridos por esta directa o indirectamente a través de otras entidades del mismo grupo de resolución que estén incluidas en la consolidación de dicha entidad;

b) 

el importe de los fondos propios emitidos de conformidad con el apartado 2, letra b), del presente artículo.

1. Ülevaade

,
Pealkiri Regulatsioon

1.1 Viited

1.2 Tuvastatud nõuded

1.3 Seotud standardid

2. Tuvastatud nõuded

Nõuded
Allikas Nõue

3. Seotud standardid

Standardid
Allikas Nõue
  • Builddate: 11.05.2026 00:00:00 -Doknr: CELEX:32014L0059
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