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+Artículo 45septies 2ter. |
Artículo 45septies 2ter.Los pasivos a que se refiere el apartado 2 bis, letras a) y b), del presente artículo, no superarán el importe determinado deduciendo del importe del requisito a que se refiere el artículo 45, apartado 1, aplicable a la filial incluida en la consolidación la suma de todos los elementos siguientes:
a)
los pasivos emitidos a favor de la entidad que cumpla el requisito a que se refiere el artículo 45, apartado 1, en base consolidada, y adquiridos por esta directa o indirectamente a través de otras entidades del mismo grupo de resolución que estén incluidas en la consolidación de dicha entidad;
b)
el importe de los fondos propios emitidos de conformidad con el apartado 2, letra b), del presente artículo. 1. Übersicht
1.1 Referenzen1.2 Identifizierte Anforderungen1.3 Zugehörige Standards2. Identifizierte Anforderungen
3. Zugehörige Standards
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