+Artículo 13 5.
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Artículo 13 5.
Los agentes de la autoridad competente del Estado miembro en cuyo territorio deba efectuarse la inspección, así como los agentes que aquélla haya habilitado o designado, deberán prestar asistencia activa, a instancias de dicha autoridad o de la Comisión, a los agentes y otros acompañantes habilitados por la Comisión. A tal efecto, dispondrán de los poderes definidos en el apartado 2.
1. Forbhreathnú
1.1 Tagairtí
1.2 Ceanglais aitheanta
1.3 Caighdeáin ghaolmhara
2. Ceanglais aitheanta
Ceanglais
| Foinse |
Ceanglas |
3. Caighdeáin ghaolmhara
Caighdeáin
| Foinse |
Ceanglas |
- Builddate: 18.02.2004 00:00:00 -Doknr: CELEX:32004R0139
- EULAW_ES -
EULAW_ES
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