+Artículo 85 2.
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Artículo 85 2.
Las autoridades competentes garantizarán que las entidades dispongan de políticas y planes de emergencia y de continuidad de la actividad adecuados, que incluyan políticas y planes de continuidad de las actividades de TIC y planes de respuesta y recuperación en materia de TIC en relación con la tecnología que utilicen para la comunicación de información, y que esos planes se establezcan, gestionen y pongan a prueba de conformidad con el artículo 11 del Reglamento (UE) 2022/2554, para que las entidades puedan seguir funcionando en caso de perturbaciones graves en su actividad y limiten las pérdidas en que incurran como consecuencia de dichas perturbaciones.
1. Panoramica
| Titolo |
Regolamentazione |
,
1.1 Riferimenti
1.2 Requisiti identificati
1.3 Standard correlati
2. Requisiti identificati
Requisiti
| Fonte |
Requisito |
3. Standard correlati
- Builddate: 11.07.2026 00:00:00 -Doknr: CELEX:32013L0036
- EULAW_ES -
EULAW_ES
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