+Artículo 86 8.
|
Artículo 86 8.
Las autoridades competentes velarán por que las entidades estudien escenarios alternativos en relación con las posiciones de liquidez y los factores reductores de riesgo y revisen los supuestos en los que se basen las decisiones relativas a la posición de financiación como mínimo una vez al año. A tal efecto, los escenarios alternativos contemplarán, en particular, las partidas fuera de balance y otros pasivos contingentes, incluidos los de vehículos especializados en titulizaciones (SSPE) u otros entes de cometido especial, según se contemplan en el Reglamento (UE) no 575/2013, en relación con los cuales la entidad actúe en calidad de patrocinadora o proporcione un apoyo significativo en términos de liquidez.
1. Apžvalga
| Pavadinimas |
Reguliavimas |
,
1.1 Nuorodos
1.2 Nustatyti reikalavimai
1.3 Susiję standartai
2. Nustatyti reikalavimai
Reikalavimai
| Šaltinis |
Reikalavimas |
3. Susiję standartai
Standartai
| Šaltinis |
Reikalavimas |
- Builddate: 11.07.2026 00:00:00 -Doknr: CELEX:32013L0036
- EULAW_ES -
EULAW_ES
|