+Artículo 86 8.

Artículo 86 8.

Las autoridades competentes velarán por que las entidades estudien escenarios alternativos en relación con las posiciones de liquidez y los factores reductores de riesgo y revisen los supuestos en los que se basen las decisiones relativas a la posición de financiación como mínimo una vez al año. A tal efecto, los escenarios alternativos contemplarán, en particular, las partidas fuera de balance y otros pasivos contingentes, incluidos los de vehículos especializados en titulizaciones (SSPE) u otros entes de cometido especial, según se contemplan en el Reglamento (UE) no 575/2013, en relación con los cuales la entidad actúe en calidad de patrocinadora o proporcione un apoyo significativo en términos de liquidez.

1. Ħarsa ġenerali

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Titlu Regolamentazzjoni

1.1 Referenzi

1.2 Rekwiżiti identifikati

1.3 Standards relatati

2. Rekwiżiti identifikati

Rekwiżiti
Sors Rekwiżit

3. Standards relatati

Standards
Sors Rekwiżit
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