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+Artículo 6 3. |
Artículo 6 3.La Comisión podrá revocar la decisión adoptada en virtud de las letras a) o b) del apartado 1:
a)
cuando dicha decisión se base en información incorrecta de la que sea responsable una de las empresas afectadas o cuando haya sido obtenida de forma fraudulenta, o
b)
cuando las empresas afectadas incumplan una obligación impuesta en la decisión. 1. Przegląd
1.1 Odwołania1.2 Zidentyfikowane wymagania1.3 Powiązane normy2. Zidentyfikowane wymagania
3. Powiązane normy
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