+Artículo 6 Terminación del contrato entre la entidad financiera y el proveedor tercero de servicios de TIC.
---+Artículo 6 a)
---+Artículo 6 b)
---+Artículo 6 c)
|
Artículo 6 Terminación del contrato entre la entidad financiera y el proveedor tercero de servicios de TIC.
La entidad financiera tendrá derecho a establecer en el acuerdo contractual que celebre con el proveedor tercero de servicios de TIC que debe ponerse fin al acuerdo contractual cuando concurra alguna de las situaciones siguientes:
1. Resumen
| Título |
Regulación |
|
Artículo 6 a)
|
que la entidad financiera se haya opuesto a la introducción de cambios sustanciales en los acuerdos de subcontratación que sustenten funciones esenciales o importantes y haya solicitado modificar dichos acuerdos, pero el proveedor tercero de servicios de TIC haya aplicado, no obstante, tales cambios sustanciales;
|
|
Artículo 6 b)
|
que el proveedor tercero de servicios de TIC haya introducido cambios sustanciales en los acuerdos de subcontratación que sustenten funciones esenciales o importantes, o partes sustanciales de ellas, antes de que finalice el plazo de notificación sin la aprobación de la entidad financiera;
|
|
Artículo 6 c)
|
que el proveedor tercero de servicios de TIC subcontrate un servicio de TIC que sustente una función esencial o importante, o partes sustanciales de ellas, que no esté expresamente permitido subcontratar en virtud del contrato formalizado entre la entidad financiera y el proveedor tercero de servicios de TIC.
|
,
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
| Fuente |
Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
| Fuente |
Requisito |
|