+Artículo 1 Definiciones

Artículo 1 Definiciones

Artículo 1

Definiciones

A los efectos del presente Reglamento, se entenderá por:

1. 

«proveedor tercero directo de servicios de TIC»: el proveedor tercero de servicios de TIC o el proveedor intragrupo de servicios de TIC que haya firmado un acuerdo contractual con:

a) 

una entidad financiera para prestarle directamente sus servicios de TIC;

b) 

una entidad financiera o no financiera para prestar sus servicios a otras entidades financieras del mismo grupo.

2. 

«cadena de suministro de servicios de TIC»: secuencia de acuerdos contractuales vinculados con el servicio de TIC prestado por el proveedor tercero directo de servicios de TIC a la entidad financiera y que comienza por el proveedor tercero directo de servicios de TIC que cuenta con uno o varios proveedores terceros de servicios de TIC como contrapartes (subcontratistas);

3. 

«posición»: puesto que ocupa un proveedor tercero de servicios de TIC en la cadena de suministro de servicios de TIC.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito

Incidencias vinculadas