+Artículo 74 Tenencias de instrumentos de capital emitidos por entes regulados del sector financiero que no se consideran capital reglamentario

Artículo 74 Tenencias de instrumentos de capital emitidos por entes regulados del sector financiero que no se consideran capital reglamentario

Artículo 74

Tenencias de instrumentos de capital emitidos por entes regulados del sector financiero que no se consideran capital reglamentario

Las entidades no deducirán de ningún elemento de los fondos propios las tenencias directas, indirectas o sintéticas de los instrumentos de capital emitidos por un ente regulado del sector financiero que no se considere capital reglamentario de dicho ente. Las entidades aplicarán ponderaciones de riesgo a dichas tenencias conforme a lo dispuesto en la parte III, título II, capítulo 2.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito