+Artículo 125 1.

Artículo 125 1.

Para una exposición garantizada por bienes inmuebles residenciales a que se refiere el artículo 124, apartado 2, letra a), inciso i) o ii), a la parte de la exposición de hasta el 55 % del valor de los bienes inmuebles se le asignará una ponderación de riesgo del 20 %.

Cuando una entidad sea titular de una hipoteca subordinada y haya hipotecas preferentes de las que esa entidad no sea titular, a fin de determinar la parte de la exposición de la entidad que puede acogerse a la ponderación de riesgo del 20 %, el 55 % del valor de los bienes inmuebles se reducirá en el importe de las hipotecas preferentes de las que la entidad no sea titular.

Cuando las hipotecas de las que no sea titular la entidad tengan la misma prelación que la hipoteca de la que sea titular la entidad, a fin de determinar la parte de la exposición de la entidad que puede acogerse a la ponderación de riesgo del 20 %, el 55 % del valor de los bienes inmuebles, reducido en el importe de cualquier hipoteca preferente de la que no sea titular la entidad, se reducirá por el producto de:

a) 

el 55 % del valor de los bienes inmuebles, reducido en el importe de las hipotecas preferentes, en su caso, tanto si es titular la entidad como si lo es otra entidad, y

b) 

el importe de las hipotecas de las que la entidad no sea titular que tengan la misma prelación que la hipoteca de la que sea titular la entidad dividida por la suma de todas las hipotecas de igual prelación.

Cuando, de conformidad con el artículo 124, apartado 9, la autoridad competente o la autoridad designada haya fijado una ponderación de riesgo más elevada o un porcentaje menor del valor de los bienes inmuebles que los contemplados en el presente apartado, las entidades utilizarán la ponderación de riesgo o el porcentaje establecidos de conformidad con el artículo 124, apartado 9.

La parte restante de la exposición mencionada en el primer párrafo, en su caso, recibirá una ponderación de riesgo correspondiente a la de una exposición a la contraparte no garantizada por bienes inmuebles residenciales.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito