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+Artículo 179 2. |
Artículo 179 2.Cuando una entidad utilice datos agrupados de diversas entidades, deberá cumplir los siguientes requisitos:
a)
que los sistemas y criterios de calificación de las otras entidades integradas en el grupo sean comparables a los suyos propios;
b)
que el conjunto de exposiciones sea representativo de la cartera para la que se utilicen los datos agrupados;
c)
que la entidad venga utilizando dichos datos agrupados con regularidad para calcular sus estimaciones;
d)
que la entidad siga siendo responsable de la integridad de sus sistemas de calificación;
e)
que la entidad mantenga suficiente comprensión interna con respecto a sus sistemas de calificación, incluida la capacidad efectiva de supervisar y auditar el proceso de calificación. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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