+Artículo 325septvicies Importes de impago súbito
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---+Artículo 325septvicies 2.
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---+Artículo 325septvicies 4.
---+Artículo 325septvicies 5.
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Artículo 325septvicies Importes de impago súbito
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1. Resumen
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Regulación |
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Artículo 325septvicies 1.
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Los importes brutos de impago súbito de las exposiciones de titulización serán su valor de mercado o, en caso de que su valor de mercado no esté disponible, su valor razonable determinado con arreglo a la normativa contable que sea de aplicación.
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Artículo 325septvicies 2.
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Los importes netos de impago súbito se determinarán compensando los importes brutos largos de impago súbito con los importes brutos cortos de impago súbito. La compensación solo será posible entre exposiciones de titulización con el mismo conjunto de activos subyacentes y pertenecientes al mismo tramo. No se permitirá la compensación entre exposiciones de titulización con diferentes conjuntos de activos subyacentes, aun cuando los puntos de unión y separación sean los mismos.
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Artículo 325septvicies 3.
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Cuando, descomponiendo o combinando exposiciones de titulización existentes, puedan replicarse perfectamente, salvo en lo que se refiere a la dimensión del vencimiento, otras exposiciones de titulización también existentes, podrán utilizarse a efectos de compensación las exposiciones resultantes de la descomposición o combinación, en lugar de las exposiciones de titulización existentes.
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Artículo 325septvicies 4.
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Cuando, descomponiendo o combinando exposiciones existentes en nombres subyacentes, pueda replicarse perfectamente toda la estructura de tramos de una exposición de titulización existente, podrán utilizarse a efectos de compensación las exposiciones resultantes de la descomposición o combinación, en lugar de las exposiciones de titulización existentes. Cuando se utilicen de esta forma los nombres subyacentes, deberán eliminarse del tratamiento del riesgo de impago en exposiciones no consistentes en titulizaciones.
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Artículo 325septvicies 5.
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El artículo 325 quinvicies se aplicará tanto a las exposiciones de titulización existentes como a las exposiciones de titulización utilizadas con arreglo al apartado 3 o 4 del presente artículo. Los vencimientos pertinentes serán los de los tramos de titulización.
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1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
| Fuente |
Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
| Fuente |
Requisito |
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