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+Artículo 393 Capacidad de identificar y gestionar las grandes exposiciones |
Artículo 393 Capacidad de identificar y gestionar las grandes exposicionesArtículo 393 Capacidad de identificar y gestionar las grandes exposiciones Las entidades deberán disponer de procedimientos administrativos y contables sólidos y de mecanismos internos de control adecuados que permitan identificar, gestionar, supervisar, notificar y registrar todas las grandes exposiciones y las modificaciones de las mismas, conforme al presente Reglamento. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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