+Artículo 433ter Divulgación de información por las entidades pequeñas y no complejas
---+Artículo 433ter 1.
---+Artículo 433ter 2.
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Artículo 433ter Divulgación de información por las entidades pequeñas y no complejas
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1. Resumen
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Regulación |
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Artículo 433ter 1.
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Las entidades pequeñas y no complejas divulgarán con periodicidad anual la información mencionada en las siguientes disposiciones:
a)
el artículo 435, apartado 1, letras a), e) y f);
b)
el artículo 438, letras c), d) y d bis);
c)
el artículo 442, letras c) y d);
d)
los indicadores clave mencionados en el artículo 447;
g)
el artículo 450, apartado 1, letras a) a d), h), i) y j).
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Artículo 433ter 2.
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Como excepción a lo dispuesto en el apartado 1 del presente artículo, las entidades pequeñas y no complejas que no sean entidades cotizadas divulgarán los indicadores clave mencionados en el artículo 447 y los riesgos ASG mencionados en el artículo 449 bis con periodicidad anual.
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1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
| Fuente |
Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
| Fuente |
Requisito |
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