+Artículo 433ter Divulgación de información por las entidades pequeñas y no complejas
---+Artículo 433ter 1.
---+Artículo 433ter 2.

Artículo 433ter Divulgación de información por las entidades pequeñas y no complejas

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1. Resumen

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Título Regulación
Artículo 433ter 1.

Las entidades pequeñas y no complejas divulgarán con periodicidad anual la información mencionada en las siguientes disposiciones:

a) 

el artículo 435, apartado 1, letras a), e) y f);

b) 

el artículo 438, letras c), d) y d bis);

c) 

el artículo 442, letras c) y d);

d) 

los indicadores clave mencionados en el artículo 447;

e) 

el artículo 449 bis;

f) 

el artículo 449 ter;

g) 

el artículo 450, apartado 1, letras a) a d), h), i) y j).

Artículo 433ter 2.
Como excepción a lo dispuesto en el apartado 1 del presente artículo, las entidades pequeñas y no complejas que no sean entidades cotizadas divulgarán los indicadores clave mencionados en el artículo 447 y los riesgos ASG mencionados en el artículo 449 bis con periodicidad anual.

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito