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+Artículo 501quinquies 1. |
Artículo 501quinquies 1.A más tardar el 30 de junio de 2025, la Comisión presentará, cuando proceda, una propuesta legislativa al Parlamento Europeo y al Consejo para introducir un tratamiento prudencial específico para las exposiciones a criptoactivos, teniendo en cuenta las normas internacionales y el Reglamento (UE) 2023/1114. Dicha propuesta legislativa incluirá:
a)
criterios para asignar criptoactivos a diferentes categorías de criptoactivos en función de sus características de riesgo y del cumplimiento de condiciones específicas;
b)
requisitos de fondos propios específicos para todos los riesgos que entrañen criptoactivos diferentes;
c)
un límite agregado para las exposiciones a tipos específicos de criptoactivos;
d)
requisitos específicos en lo que respecta a la ratio de apalancamiento para las exposiciones a criptoactivos;
e)
competencias de supervisión específicas en lo que respecta a la asignación de exposiciones a criptoactivos, el seguimiento y el cálculo de los requisitos de fondos propios;
f)
requisitos específicos de liquidez para las exposiciones a criptoactivos;
g)
requisitos de divulgación e información. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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