+8. Las autoridades competentes calcularán la puntuación a) dividiendo el valor de los indicadores …
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8. Las autoridades competentes calcularán la puntuación a) dividiendo el valor de los indicadores …
Las autoridades competentes calcularán la puntuación - a) dividiendo el valor de los indicadores de cada entidad individual pertinente entre la suma de los respectivos valores del indicador para todas las entidades radicadas en el Estado miembro (los «denominadores»);
- b) multiplicando los porcentajes resultantes por 10 000 para expresar las puntuaciones del indicador en puntos básicos;
- c) calculando la puntuación de la categoría para cada entidad pertinente, usando la media simple de las puntuaciones de los indicadores de esa categoría;
- d) calculando la puntuación total para cada entidad pertinente, usando la media simple de las puntuaciones de cada una de las cuatro categorías.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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