+9. Las autoridades competentes designarán como OEIS a las entidades pertinentes con una puntuación …
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9. Las autoridades competentes designarán como OEIS a las entidades pertinentes con una puntuación …
Las autoridades competentes designarán como OEIS a las entidades pertinentes con una puntuación total igual o superior a 350 puntos básicos. Las autoridades competentes podrán aumentar este umbral hasta 425 puntos básicos como máximo o reducirlo hasta 275 puntos básicos como mínimo para tener en cuenta las especificidades del sector bancario del Estado miembro y la distribución estadística resultante de las puntuaciones; de este modo, se garantiza la homogeneidad del grupo de OEIS designadas de esta forma en función de su importancia sistémica.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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