+Directriz 2: Documentación y conservación de la información
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Directriz 2: Documentación y conservación de la información
2.1 El prestamista mantendrá documentación completa de la información utilizada para la autorización del crédito hipotecario, y conservará esta documentación durante, al menos, la vigencia del contrato de crédito. 2.2 El prestamista garantizará que las autoridades competentes tengan fácil acceso a un expediente en el que consten explicaciones adecuadas de las medidas adoptadas para la verificación de los ingresos. El expediente deberá documentar, al menos, el historial de ingresos recopilado para cada solicitante.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
| Fuente |
Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
| Fuente |
Requisito |
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