+52. Los acuerdos de cooperación podrán disponer que: r. el SGD de origen deberá proporcionar un …
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52. Los acuerdos de cooperación podrán disponer que: r. el SGD de origen deberá proporcionar un …
Los acuerdos de cooperación podrán disponer que: - r. el SGD de origen deberá proporcionar un importe a tanto alzado, basado en estimaciones, antes de que el SGD de acogida incurra en los gastos para, posteriormente, proceder a la conciliación de cuentas; o que
- s. el SGD de acogida recibirá el reintegro de los gastos acordados en el acuerdo de cooperación tras la realización del pago.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
| Fuente |
Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
| Fuente |
Requisito |
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