+11. A los efectos del párrafo 10 de las presentes directrices, deberían considerarse todos los …

11. A los efectos del párrafo 10 de las presentes directrices, deberían considerarse todos los …

A los efectos del párrafo 10 de las presentes directrices, deberían considerarse todos los factores siguientes con el fin de asegurar que la información resumida o colectiva se revele de forma anónima:

11.1. Número de entidades: si la información confidencial se refiere a menos de tres entidades

  • o sociedades contempladas en el artículo 1, apartado 1, letras b), c) o d) de la Directiva 2014/59/UE, deberá evitarse revelar la información, a menos que los patrones específicos, tal y como se especifican en el punto 11.2 del presente párrafo, y el contexto de la revelación, tal y como se especifica en el punto 11.3 del presente párrafo, no generen un riesgo de que las distintas entidades o sociedades sean identificadas.

11.2. Patrones específicos: a la hora de revelar información confidencial, deberá evitarse cualquier referencia a características específicas, rasgos distintivos, nombres o a datos numéricos, cualitativos u otros datos distintivos que permitan la identificación de las distintas entidades o sociedades contempladas en el artículo 1, apartado 1, letras b), c) o d), de la Directiva 2014/59/UE.

11.3. Contexto de la revelación de la información: la revelación de información confidencial deberá evitarse cuando un conjunto de circunstancias, como el medio utilizado para revelarla, el número y las características de los destinatarios, el momento en que se revela y cualquier otra circunstancia distintiva, cree un riesgo de que las distintas entidades o sociedades contempladas en el artículo 1, apartado 1, letras b), c) o d), de la Directiva 2014/59/UE sean identificadas.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito
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