+17. Cuando el supervisor en base consolidada o la autoridad competente de origen considere que la …
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17. Cuando el supervisor en base consolidada o la autoridad competente de origen considere que la …
Cuando el supervisor en base consolidada o la autoridad competente de origen considere que la sucursal es importante para la entidad o el grupo, pero la autoridad competente de acogida no la considere significativa en el sentido del artículo 51 de la Directiva 2013/36/UE, el supervisor en base consolidada o la autoridad competente de origen invitará, no obstante, a la autoridad competente de acogida a participar en el colegio de supervisores de conformidad con el artículo 3, apartado 2, del Reglamento Delegado (UE) 2016/98 y del artículo 3, apartado 1, letra b), del Reglamento de Ejecución (UE) 2016/99 de la Comisión.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
| Fuente |
Requisito |
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