+21. A los efectos de garantizar que los datos utilizados en el desarrollo del modelo para asignar …

21. A los efectos de garantizar que los datos utilizados en el desarrollo del modelo para asignar …

A los efectos de garantizar que los datos utilizados en el desarrollo del modelo para asignar deudores o exposiciones a grados o conjuntos son representativos de la cartera de aplicación cubierta por el modelo pertinente, según se requiere en el artículo 174, letra c), del Reglamento (UE) n. o 575/2013 y en el artículo 40, apartado 2, de las NTR sobre la metodología de valoración del método IRB, las entidades analizarán la representatividad de los datos en la etapa de desarrollo del modelo en relación con todos los aspectos siguientes:

  • (a) el ámbito de aplicación;
  • (b) la definición de default ;
  • (c) la distribución de las características de riesgo relevantes;
  • (d) los criterios de concesión de préstamos y las políticas de recuperación.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito
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