+53. A los efectos de asignar deudores a un grado de deudores como parte del proceso de aprobación …

53. A los efectos de asignar deudores a un grado de deudores como parte del proceso de aprobación …

A los efectos de asignar deudores a un grado de deudores como parte del proceso de aprobación del crédito conforme al artículo 172, apartado 1, letra a), del Reglamento (UE) n.º 575/2013, y a efectos de la revisión de esas asignaciones, de conformidad con el artículo 173, apartado 1, letra b), de ese Reglamento, las entidades se asegurarán de que todas y cada una de las personas físicas o jurídicas frente a las cuales existe una exposición IRB sean calificadas por la entidad con el modelo aprobado para su utilización en un tipo determinado de exposiciones. Este modelo se aplicará al deudor individual original dentro del sistema de rating aplicable, incluidas las exposiciones garantizadas por una cobertura del riesgo de crédito mediante garantías personales con arreglo al artículo 161, apartado 3, de ese Reglamento.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito
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