+15. Las entidades de crédito cumplirán estas Directrices de manera adecuada a su tamaño y …

15. Las entidades de crédito cumplirán estas Directrices de manera adecuada a su tamaño y …

Las entidades de crédito cumplirán estas Directrices de manera adecuada a su tamaño y organización interna, y a la naturaleza, el alcance y la complejidad de sus actividades. En particular, las entidades de crédito podrán cumplir con las secciones 4 y 5 teniendo en cuenta los criterios de proporcionalidad especificados en la sección 4, título I, de las Directrices de la ABE sobre gobierno interno4 . Además, si la entidad de crédito está clasificada por las autoridades competentes a efectos del PRES como clase 3 o 4 del PRES (de conformidad con las Directrices de la ABE sobre procedimientos y metodologías comunes para el PRES5 ), las Directrices se aplicarán de manera proporcionada. El principio de proporcionalidad en la aplicación de estas Directrices se referirá, en particular, a obligaciones simplificadas para la puesta en práctica y la gobernanza de las estrategias de NPE de las entidades de crédito (sección 5).


4 Directrices sobre gobierno interno de conformidad con la Directiva 2013/36/UE (EBA/GL/2017/11).

5 Se describen en la sección 2.1.1, «Clasificación de las entidades» de las Directrices sobre procedimientos y metodologías comunes para el proceso de revisión y evaluación supervisora (PRES) (EBA/GL/2014/13).

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito
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