+153. Se puede considerar que el otorgamiento de nuevas condiciones, como un nuevo tipo de interés …

153. Se puede considerar que el otorgamiento de nuevas condiciones, como un nuevo tipo de interés …

Se puede considerar que el otorgamiento de nuevas condiciones, como un nuevo tipo de interés más favorable que el que podrían obtener otros prestatarios con un perfil de riesgo similar, es indicativo de una concesión si la entidad de crédito determina que las dificultades financieras del prestatario justifican el nuevo tipo de interés. No se considerará que el otorgamiento de condiciones más favorables que las aplicadas en el mercado es un requisito indispensable para la identificación de concesiones y, por tanto, de una refinanciación o reestructuración. Con arreglo al anexo V del Reglamento de Ejecución (UE) n.º 680/2014 de la Comisión, si un prestatario se encuentra en dificultades financieras, un cambio en las condiciones equiparable al que podrían obtener de la entidad otros prestatarios con un perfil de riesgo similar se considerará una concesión, también en el caso de que los prestatarios estén incluidos en planes públicos de refinanciación o reestructuración ofrecidos por las entidades de crédito.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito
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