+165. Las políticas de las entidades de crédito asegurarán un tratamiento uniforme de los clientes …
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165. Las políticas de las entidades de crédito asegurarán un tratamiento uniforme de los clientes …
Las políticas de las entidades de crédito asegurarán un tratamiento uniforme de los clientes individuales y de los grupos de clientes vinculados, de acuerdo con el Reglamento (UE) n.º 575/2013, las Directrices de la EBA sobre clientes vinculados30 y las Directrices de la EBA sobre la definición de default . Las políticas de las entidades de crédito también asegurarán una evaluación consistente de los vínculos legales entre las distintas personas jurídicas de un grupo de clientes vinculados. Para evitar posibles contagios, las entidades de crédito aplicarán, cuando sea posible, una perspectiva de grupo al evaluar la exposición de un prestatario como dudosa, a menos que se vea afectado por cuestiones concretas no relacionadas con la solvencia de la contraparte.
30 Directrices sobre clientes vinculados de conformidad con el artículo 4, apartado 1, punto 39, del Reglamento (UE) n.º 575/2013 (EBA/GL/2017/15).
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
| Fuente |
Requisito |
- EBA - Published by the European Banking Authority at https://www.eba.europa.eu/
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