+40. La prohibición de la selección y transferencia al SSPE de exposiciones subyacentes «frente a un …
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40. La prohibición de la selección y transferencia al SSPE de exposiciones subyacentes «frente a un …
La prohibición de la selección y transferencia al SSPE de exposiciones subyacentes «frente a un deudor o garante cuya calidad crediticia se haya deteriorado», a tenor del artículo 20, apartado 11, del Reglamento (UE) 2017/2402, se entenderá en el sentido de que, en el momento de la selección, debe existir necesariamente un derecho de recurso por el importe total de la exposición titulizada frente, como mínimo, a una parte cuya calidad crediticia no esté deteriorada, con independencia de si dicha parte es un deudor o un garante. Por consiguiente, en las exposiciones subyacentes no se incluirán: - (a) exposiciones frente a un deudor cuya calidad crediticia se haya deteriorado, cuando no haya garante del importe total de la exposición titulizada;
- (b) exposiciones frente a un deudor cuya calidad crediticia se haya deteriorado, que tengan un garante cuya calidad crediticia se haya deteriorado.
El leal saber y entender de la originadora o del prestamista original
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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