+163. Las entidades valorarán cualquier garantía real tomando como referencia para dicha valoración …
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163. Las entidades valorarán cualquier garantía real tomando como referencia para dicha valoración …
Las entidades valorarán cualquier garantía real tomando como referencia para dicha valoración los requisitos relativos a las garantías reales descritos en el apetito, las políticas y procedimientos de riesgo de crédito de la entidad; además, comprobarán toda la documentación pertinente (p. ej., si el bien en cuestión está inscrito en los registros adecuados).
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
| Fuente |
Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
| Fuente |
Requisito |
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