+128. Sin perjuicio de la legislación nacional en materia de sociedades, el órgano de administración …
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128. Sin perjuicio de la legislación nacional en materia de sociedades, el órgano de administración …
Sin perjuicio de la legislación nacional en materia de sociedades, el órgano de administración deberá contar con un número de miembros adecuado y con una composición apropiada, y deberá nombrarse por un período apropiado. Las propuestas de reelección solo se presentarán una vez examinado el resultado de la evaluación del desempeño observado en el miembro durante su último mandato.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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