+144. Las entidades deberán, previo requerimiento de las autoridades competentes, proporcionar la …
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144. Las entidades deberán, previo requerimiento de las autoridades competentes, proporcionar la …
Las entidades deberán, previo requerimiento de las autoridades competentes, proporcionar la información adicional necesaria para la evaluación de la idoneidad de los miembros del órgano de administración a título individual o en su conjunto. En el caso de una reelección, esta información podrá limitarse a los cambios relevantes.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
| Fuente |
Requisito |
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