+144. Las entidades deberán, previo requerimiento de las autoridades competentes, proporcionar la …

144. Las entidades deberán, previo requerimiento de las autoridades competentes, proporcionar la …

Las entidades deberán, previo requerimiento de las autoridades competentes, proporcionar la información adicional necesaria para la evaluación de la idoneidad de los miembros del órgano de administración a título individual o en su conjunto. En el caso de una reelección, esta información podrá limitarse a los cambios relevantes.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito
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