+166. Si en la evaluación o reevaluación de una entidad se concluye que una persona no es idónea …
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166. Si en la evaluación o reevaluación de una entidad se concluye que una persona no es idónea …
Si en la evaluación o reevaluación de una entidad se concluye que una persona no es idónea para ser nombrada miembro del órgano de administración, esa persona no deberá ser nombrada o, si ya lo ha sido, la entidad deberá sustituirla. Salvo en los criterios de evaluación de la honorabilidad, la honestidad y la integridad, si en la evaluación o reevaluación realizada por una entidad se identifican deficiencias fácilmente subsanables en los conocimientos, las competencias y la experiencia de los miembros, la entidad adoptará las medidas correctivas adecuadas para subsanar dichas deficiencias oportunamente.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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