+45. La entidad informará inmediatamente a la autoridad competente cuando alguna de las medidas …

45. La entidad informará inmediatamente a la autoridad competente cuando alguna de las medidas …

La entidad informará inmediatamente a la autoridad competente cuando alguna de las medidas previstas no pueda aplicarse según lo planificado. La autoridad competente realizará un estrecho seguimiento de la aplicación de las medidas con vistas a constatar el retorno efectivo y oportuno a la situación de cumplimiento. En particular, vigilará que se logren por completo los diferentes hitos del plan. Si la entidad no alcanza alguno de estos hitos, la autoridad competente requerirá a la entidad que subsane las deficiencias de manera apropiada.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito
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