+41. Al evaluar una solicitud de autorización en virtud de los artículos 10 a 14 de la Directiva …
|
41. Al evaluar una solicitud de autorización en virtud de los artículos 10 a 14 de la Directiva …
Al evaluar una solicitud de autorización en virtud de los artículos 10 a 14 de la Directiva 2013/36/UE7 , los supervisores prudenciales cooperarán e intercambiarán información con el supervisor de PBC/FT pertinente a efectos de su evaluación de conformidad con las Directrices de la ABE sobre un método común de evaluación para conceder la autorización como entidad de crédito8 , en particular en lo que respecta a la evaluación de los riesgos de BC/FT relacionados con la solicitud de autorización propuesta.
7 En consonancia con las Directrices de la ABE sobre un método común de evaluación para conceder la autorización como entidad de crédito con arreglo al artículo 8, apartado 5, de la Directiva 2013/36/UE (EBA/GL/2021/12). Véanse también las NTR y NTI (borrador final) sobre la autorización de las entidades de crédito (EBA-RTS-2017-08 y EBA-ITS-2017-15) sobre la información que debe facilitarse para la autorización de las entidades de crédito. 8 Directrices de la ABE sobre un método común de evaluación para conceder la autorización como entidad de crédito con arreglo al artículo 8, apartado 5, de la Directiva 2013/36/UE (EBA/GL/2021/12).
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
| Fuente |
Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
| Fuente |
Requisito |
- EBA - Published by the European Banking Authority at https://www.eba.europa.eu/
|