+41. Cuando el personal identificado abandone la entidad antes del cierre del ejercicio, se …

41. Cuando el personal identificado abandone la entidad antes del cierre del ejercicio, se …

Cuando el personal identificado abandone la entidad antes del cierre del ejercicio, se presentará la remuneración que se le haya concedido para el ejercicio, incluidas las indemnizaciones por despido y todas las demás formas de remuneración, pero el miembro del personal no se contabilizará dentro del número de miembros del personal identificado presentado cuando el contrato ya haya finalizado antes del cierre del ejercicio. El personal identificado que se haya incorporado a la entidad durante el ejercicio se incluirá dentro del número de miembros del personal identificado, teniendo en cuenta los acuerdos contractuales relativos a su jornada laboral (por ejemplo, el miembro del personal que trabaja a tiempo completo y que se ha incorporado durante el ejercicio se contabilizaría siempre como «1» al cierre del ejercicio) y se incluirá toda la remuneración concedida a dicho miembro del personal identificado para el ejercicio.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito
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