+88. Para la medición y monitorización del IRRBB, las entidades deberán usar al menos una métrica de …
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88. Para la medición y monitorización del IRRBB, las entidades deberán usar al menos una métrica de …
Para la medición y monitorización del IRRBB, las entidades deberán usar al menos una métrica de ingresos netos por intereses más variaciones en el valor de mercado y al menos un método de medición basado en el valor económico que, en conjunto, recojan todos los componentes del IRRBB. Las grandes entidades que efectúan actividades transfronterizas, en particular las incluidas en las clases 1 y 2 de las Directrices sobre el PRES, así como las entidades que utilizan modelos de negocio complejos o sofisticados, deberán utilizar múltiples métodos de medición del IRRBB, como se detalla en el anexo II. 4.3.3 Escenarios de perturbación de los tipos de interés para la gestión continuada
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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