+39. No obstante, el SGD calculará el valor de los indicadores de riesgo a nivel consolidado cuando …

39. No obstante, el SGD calculará el valor de los indicadores de riesgo a nivel consolidado cuando …

No obstante, el SGD calculará el valor de los indicadores de riesgo a nivel consolidado cuando el Estado miembro haga uso de la opción prevista en el artículo 13, apartado 1, de la Directiva 2014/49/UE, de permitir que el organismo central y todas las entidades de crédito afiliadas de modo permanente a él, según se establece en el artículo 10, apartado 1, del Reglamento (UE) 575/2013, estén sujetos globalmente a la ponderación de riesgo determinada para el organismo central y sus entidades afiliadas en base consolidada.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito
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