+39. No obstante, el SGD calculará el valor de los indicadores de riesgo a nivel consolidado cuando …
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39. No obstante, el SGD calculará el valor de los indicadores de riesgo a nivel consolidado cuando …
No obstante, el SGD calculará el valor de los indicadores de riesgo a nivel consolidado cuando el Estado miembro haga uso de la opción prevista en el artículo 13, apartado 1, de la Directiva 2014/49/UE, de permitir que el organismo central y todas las entidades de crédito afiliadas de modo permanente a él, según se establece en el artículo 10, apartado 1, del Reglamento (UE) 575/2013, estén sujetos globalmente a la ponderación de riesgo determinada para el organismo central y sus entidades afiliadas en base consolidada.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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