+86. La autoridad competente, en colaboración con la autoridad designada, comparará periódicamente …

86. La autoridad competente, en colaboración con la autoridad designada, comparará periódicamente …

La autoridad competente, en colaboración con la autoridad designada, comparará periódicamente —al menos cada cinco años y antes de la revisión quinquenal periódica de las presentes Directrices— los resultados obtenidos al aplicar el método de cálculo con un parámetro de referencia adecuado para su evaluación de riesgos, por ejemplo, con la evaluación de riesgos realizada en el marco del PRES. Esta comparación se realizará de manera holística. La autoridad competente, en colaboración con la autoridad designada, informará a la ABE sobre el resultado global de esta comparación y sobre las discrepancias observadas.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito
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