+14. Los administradores de créditos se asegurarán de que su órgano de dirección o de …
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14. Los administradores de créditos se asegurarán de que su órgano de dirección o de …
Los administradores de créditos se asegurarán de que su órgano de dirección o de administración, en su conjunto, posea los conocimientos y la experiencia adecuados para desempeñar sus funciones en todo momento y ejercer la actividad de manera competente y responsable. De conformidad con el artículo 5, apartado 1, letra b), de la Directiva (UE) 2021/2167, los administradores de créditos se asegurarán de que todos los miembros de estos órganos gocen de honorabilidad.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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