+111. Para que las funciones de control interno sean consideradas operativamente independientes …
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111. Para que las funciones de control interno sean consideradas operativamente independientes …
Para que las funciones de control interno sean consideradas operativamente independientes, deberían cumplirse las siguientes condiciones: - a. su personal no realizará ninguna tarea operativa incluida en el ámbito de las actividades de cuyo seguimiento y control se ocupen las propias funciones de control interno, a menos que se demuestre que, a la vista de los criterios enumerados en el título I para la aplicación del principio de proporcionalidad, las funciones de control interno siguen siendo eficaces. En ese caso, los emisores de fichas referenciadas a activos evaluarán si se pone en peligro la eficacia de sus funciones de control interno;
- b. cuando proceda, estarán separadas, a nivel organizativo, de las actividades cuyo seguimiento y control les han sido encomendados;
- c. la remuneración del personal de las funciones de control interno no debería estar vinculada a los resultados de las actividades de cuyo seguimiento y control se ocupa la propia función de control interno, ni debería poder comprometer de otro modo la objetividad del personal17 .
17 Véanse también las directrices de la ABE sobre políticas de remuneración adecuadas, disponibles en: https://www.eba.europa.eu/regulation-and-policy/remuneration/guidelines-on-sound-remuneration-policies.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
| Fuente |
Requisito |
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