+13.2 Independencia de las funciones de control interno
---+111. Para que las funciones de control interno sean consideradas operativamente independientes …

13.2 Independencia de las funciones de control interno

13.2 Independencia de las funciones de control interno

1. Resumen

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Título Regulación
111. Para que las funciones de control interno sean consideradas operativamente independientes …

Para que las funciones de control interno sean consideradas operativamente independientes, deberían cumplirse las siguientes condiciones:

  • a. su personal no realizará ninguna tarea operativa incluida en el ámbito de las actividades de cuyo seguimiento y control se ocupen las propias funciones de control interno, a menos que se demuestre que, a la vista de los criterios enumerados en el título I para la aplicación del principio de proporcionalidad, las funciones de control interno siguen siendo eficaces. En ese caso, los emisores de fichas referenciadas a activos evaluarán si se pone en peligro la eficacia de sus funciones de control interno;
  • b. cuando proceda, estarán separadas, a nivel organizativo, de las actividades cuyo seguimiento y control les han sido encomendados;
  • c. la remuneración del personal de las funciones de control interno no debería estar vinculada a los resultados de las actividades de cuyo seguimiento y control se ocupa la propia función de control interno, ni debería poder comprometer de otro modo la objetividad del personal17 .

17 Véanse también las directrices de la ABE sobre políticas de remuneración adecuadas, disponibles en: https://www.eba.europa.eu/regulation-and-policy/remuneration/guidelines-on-sound-remuneration-policies.

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito
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