+28. Los emisores incluirán indicadores de carácter cuantitativo y cualitativo en su plan de …

28. Los emisores incluirán indicadores de carácter cuantitativo y cualitativo en su plan de …

Los emisores incluirán indicadores de carácter cuantitativo y cualitativo en su plan de recuperación. Al establecer los umbrales de los indicadores cuantitativos del plan de recuperación, de forma coherente con su marco general de gestión de riesgos de conformidad con el artículo 45, apartado 3, y el artículo 45, apartado 7, letra b), del Reglamento (UE) 2023/1114, los emisores utilizarán parámetros progresivos («sistema de semáforo») con el fin de informar al órgano de dirección del emisor de que dichos umbrales de los indicadores podrían alcanzarse.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito
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