+14. Los miembros del órgano de dirección no deberán haber sido objeto de sanciones, embargos o …

14. Los miembros del órgano de dirección no deberán haber sido objeto de sanciones, embargos o …

Los miembros del órgano de dirección no deberán haber sido objeto de sanciones, embargos o medidas relacionadas con el terrorismo, la financiación del terrorismo o la proliferación decididas por un Estado miembro, la Unión o una organización internacional, por ejemplo, las Naciones Unidas. En caso de que un miembro del órgano de dirección esté incluido en dicha lista de sanciones financieras específicas, tendrá prohibido ejercer su función y se le apartará del órgano de dirección.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito
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