+14. Los miembros del órgano de dirección no deberán haber sido objeto de sanciones, embargos o …
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14. Los miembros del órgano de dirección no deberán haber sido objeto de sanciones, embargos o …
Los miembros del órgano de dirección no deberán haber sido objeto de sanciones, embargos o medidas relacionadas con el terrorismo, la financiación del terrorismo o la proliferación decididas por un Estado miembro, la Unión o una organización internacional, por ejemplo, las Naciones Unidas. En caso de que un miembro del órgano de dirección esté incluido en dicha lista de sanciones financieras específicas, tendrá prohibido ejercer su función y se le apartará del órgano de dirección.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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