+Rango jurídico de las presentes directrices

Rango jurídico de las presentes directrices

Este documento contiene directrices emitidas de conformidad con los artículos 16 y 56, párrafo 1, del Reglamento (UE) nº 1093/2010 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de noviembre de 2010, por el que se crea una Autoridad Europea de Supervisión (Autoridad Bancaria Europea), se modifica la Decisión nº 716/2009/CE y se deroga la Decisión 2009/78/CE de la Comisión; el Reglamento (UE) nº 1094/2010 por el que se crea una Autoridad Europea de Supervisión (Autoridad Europea de Seguros y Pensiones de Jubilación); y el Reglamento (UE) nº 1095/2010 por el que se crea una Autoridad Europea de Supervisión (Autoridad Europea de Valores y Mercados), denominados conjuntamente los «Reglamentos de las AES» . De conformidad con el artículo 16, apartado 3, de los Reglamentos de las AES, las autoridades competentes y las entidades financieras harán todo lo posible para atenerse a estas directrices.

Las presentes directrices exponen el punto de vista de las AES sobre las prácticas de supervisión adecuadas en el Sistema Europeo de Supervisión Financiera o sobre el modo en que debe aplicarse el Derecho de la Unión en un determinado ámbito. Las autoridades competentes a las que sean de aplicación las directrices deberían cumplirlas incorporándolas a sus prácticas de supervisión de la forma más apropiada (modificando, por ejemplo, su marco jurídico o sus procedimientos de supervisión), incluso en aquellos casos en los que determinadas directrices vayan dirigidas principalmente a las entidades.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito
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